DERECHOS
Uno de los objetivos de POIM es hacer que los derechos de la infancia y adolescencia sean una realidad en la Comunidad de Madrid, reconociendo a cada niña, niño y adolescentes como sujeto de derecho y no solo de protección.
Nuestro trabajo se mueve en torno a esta certeza, que queda reflejada en la Convención sobre los Derechos del Niño y el resto de legislación vigente en el Estado.
Convención sobre los Derechos del Niño
La no discriminación
El interés superior del niño, niña o adolescente
El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo
El derecho a participar y que se escuche su voz
Legislación nacional
En España la legislación sobre los derechos de las niñas, niños y adolescentes se basa en la Constitución y en la adaptación de tratados internacionales, especialmente la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989.
Marco Constitucional
La Constitución Española de 1978 constituye la base normativa para la protección de las niñas, niños y adolescentes. El artículo 39 dispone que:
Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.
Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.
Se establece la obligación de los padres de prestar asistencia integral a sus hijos, que incluye alimentación, educación y desarrollo.
Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor
Esta norma constituye el eje central de la legislación en materia de infancia:
Reconoce a las personas menores de edad como sujetos plenos de derechos, no solo como meros objetos de protección.
Introduce los principios de interés superior de la persona menor (art. 2) y derecho a ser oído (art. 9), obligando a las autoridades administrativas y judiciales a garantizar su participación activa.
Define y regula situaciones de riesgo y desamparo (arts. 17 y ss.), estableciendo medidas de protección y guarda.
Ley Orgánica 8/2021, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI)
Supone un avance significativo en la protección frente a cualquier forma de violencia:
Establece la obligación de las instituciones de detectar, prevenir y actuar ante indicios de maltrato, acoso escolar, violencia sexual o cualquier otra forma de vulneración.
Introduce la figura del Coordinador de Bienestar y Protección en centros educativos.
Establece la obligación de crear protocolos de prevención de la violencia en los ámbitos deportivo, sanitario, cultural y social.
Legislación en la Comunidad de Madrid
Ley 4/2023, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y Adolescencia
- Establece la estructura para promover y garantizar los derechos de la infancia y adolescencia de forma transversal e interdisciplinar, incluyendo colaboración con la iniciativa social.
- Establece los Consejos de Derechos de la Infancia y la Adolescencia como órganos colegiados de coordinación entre administraciones estatales, autonómicas y locales, y con entidades sociales.
- Prevé programas de formación, divulgación y sensibilización dirigidos a menores, familias y grupos vulnerables.
- Establece canales de comunicación directa para que los niños puedan transmitir sus demandas y consultas, con obligación de respuesta motivada.
- Vincula expresamente la normativa autonómica con la Convención de Derechos del Niño, la Ley Orgánica 8/2021 y las reformas estatales de 2015, integrándolas en el ámbito regional.
