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Nueva reforma de la Ley de Extranjería: desde POI Madrid ponemos el foco en los puntos que afectan a la Infancia

Publicado por Comunicación POIM en

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El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 903/2021, de 19 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Extranjería, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril. El objetivo de la norma es modificar el régimen jurídico de menores y extutelados para favorecer su integración.

Con este motivo desde POI Madrid queremos poner el foco e incidir en qué puntos y cambios de esta Reforma de la Ley de Extranjería se ve afectada la Infancia. Y serían los siguientes:

  • Simplificación del procedimiento de documentación cuando éstos son aún menores:
  • Reducción del plazo para acreditar la imposibilidad de retorno de 9 a 3 meses.
  • Al superar estos 3 meses las Oficinas de Extranjería documentarán de oficio a estas personas.
  • Incremento del periodo de vigencia de la autorización inicial de 1 a 2 años y de la autorización de renovación a 3 años.
  • Se exime de la necesidad de acta notarial para la emisión de la cédula de inscripción.
  • Se consolida la residencia habilitante para trabajar cuando el menor alcance 16 años.
  • Creación de régimen propio para los menores que alcanzan la mayoría de edad.
  • No hay referencia a residencia no lucrativa.
  • Reducción de acreditación de suficiencia económica y se fija éste en la cuantía máxima del IMV que tendrá derecho a percibir como hogar unipersonal (470€ al mes).
  • Se permite computar ingresos procedentes de un empleo o sistema social.
  • Para aquellos que llegan a la mayoría sin documentar, estos podrán optar a la misma mediante el cumplimiento de los mismos requisitos anteriormente mencionados.
  • Para aquellos jóvenes ex tutelados que actualmente están en una horquilla de 18-23 años de edad y se encuentran indocumentados, se pondrá en marcha un procedimiento para que puedan acceder a la autorización prevista para los menores que sin documentar a la mayoría de edad.
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